Lerner

By admin on 27 May 2011 |

Nombre: 
Mario

Lerner Granovsky Mario [vivió y fue asesinado] y Reyes Cordon María del Carmen [fue Secuestrada DD] 17-03-1977 ¡Presentes! Mario (Ruso) 26 años (nació el 12-12-50 en CF. CI 3.635.980. Declaración CONADEP 1472 REDEFA 1197) estudiaba Derecho y escribía en el diario El Mundo . Asesinado el 17-03-77 en su domicilio sito en Don Bosco 4125, 1º C y arrojado del tercero al primer piso. Mario estaba desarmado y no aparecieron señales de lucha. Según testimonios, las fuerzas conjuntas (ejército, policía y personas vestidas de civil en varios autos) accedieron a la vivienda por un edificio vecino. Cuando los padres de Mario entraron a su hogar, encontraron botellas vacías en su destrozada biblioteca de más de trescientos volúmenes. Además, les faltaron otros objetos de valor. El matrimonio Lerner tuvo que esperar cinco días para enterrar a su hijo. María del Carmen (DNI 11.770.741, CI 7.523.132, Declaración CONADEP 123) 21 años (nació en Mendoza el 25-9-55) visitaba a Mario. Durante el procedimiento ella fue introducida -con los ojos vendados- a un vehículo policial. Al día siguiente, un oficial de la Comisaría 10 le dijo al padre de Mario: la piba se escapó. El matrimonio Lerner testimonia no creerlo porque María del Carmen estaba atada y custodiada por 30 ó 40 policías y cerca de 60 soldados. Fue vista en el CCD Club Atlético. Enviar fotos, historias de vida y cualquier información sobre Mario y María del Carmen a memoriayjusticialmagro@yahoo.com.ar Capítulo II EL DERECHO A LA VIDA1 A. Consideraciones Generales 1. La Legislación argentina, desde la independencia de la Nación, ha contenido normas destinadas a tutelar la vida, como bien jurídico fundamental, incluso la Constitución Política en su Artículo 18 consagra la abolición para siempre de la pena de muerte por causas políticas. 2. Posteriormente, debido a las circunstancias por las cuales la República Argentina ha atravesado y a las cuales este Informe ya se ha referido, el Gobierno instalado el 24 de marzo de 1976 ha dictado con objeto de erradicar la subversión y el terrorismo, leyes que establecen penas severas, entre ellas la de muerte.2 La Comisión en este capítulo se referirá a las muertes atribuidas a las autoridades gubernamentales o sus agentes, en contravención de la legislación recién citada. 3. Uno de los aspectos relacionados directamente con el Derecho a la Vida, es el que concierne al problema de los desaparecidos, el que por su especial importancia será objeto de un Capítulo aparte en el presente Informe. En consideración a ello, el presente Capítulo hace referencia a aquellos casos sobre el Derecho a la Vida, prescindiendo del problema mencionado. B. Muertes atribuidas por los denunciantes a agentes del Gobierno 5. Caso 4802 - Mario LERNER La Comisión recibió esta denuncia durante la observación in loco, procediendo a dar a este testimonio el trámite establecido en su Reglamento y solicitando al Gobierno la información correspondiente. La denuncia expresa: Mario Lerner fue asesinado en el tercer piso de su casa, siendo luego arrojado al primer piso, el día 17 de marzo de 1977, a las 9.15 p.m., por fuerzas de la policía. Durante cinco días su padre trató de que le entregaran el cadáver. Fue un procedimiento de las fuerzas conjuntas; la policía entró al edificio con el pretexto de encontrar una bomba que allí había; la bala que mató a su hijo sonó a los diez o quince minutos de entrar la policía; su hijo estaba vestido con blue-jeans Lee y una camisa, no tenía armas ni hubo lucha; una vecina que vio dijo que el policía que había disparado contra él era joven y de barba. El informe oficial del hecho dice que su hijo fue abatido en la esquina de la casa. Se llevaron varias cosas y destrozaron una biblioteca de más de tres mil volúmenes. No violaron la puerta para entrar, pues entraron a través del apartamento de al lado, por el balcón que une los dos apartamentos. Al entrar los dueños del apartamento, encontraron dos botellas vacías sobre la mesa de la biblioteca, lo cual indica que estuvieron bebiendo. María del Carmen Reyes, estaba en la casa del Señor Mario Lerner. Durante el procedimiento en que lo asesinaron, a ella la sacaron vendada y la metieron en un auto de la policía. A las cuatro de la mañana de esa misma noche, en la Comisaría 10, un oficial de la policía le dijo al padre del señor Lerner que su hijo estaba muerto y que la piba se había escapado cosa que ellos no creen porque ella estaba atada y en el lugar habían 30 o 40 policías y cerca de 60 soldados. Los hechos ocurrieron el jueves en la noche. El viernes fue el señor Lerner con su esposa a reconocer el cadáver de su hijo, y le dijeron que éste estaba a disposición del Ejército; para retirarlo tuvieron que llevar autorización oficial, como también para sepultarlo en el cementerio judío; dicho permiso fue conseguido solamente el miércoles de la semana siguiente; el cadáver ya estaba descompuesto; el señor Lerner tuvo que firmar un documento por el cual se comprometió a no retirar el cadáver del país. El padre de la señorita Reyes presentó recurso de habeas corpus; en el mes de noviembre del mismo año, el sumario completo pasó a la justicia militar y desde entonces no ha habido ninguna investigación. El gobierno argentino en nota recibida por la Comisión el 27 de marzo, 1980, ha respondido en los siguientes términos: Al respecto cabe expresar que consultadas las autoridades pertinentes, éstas se refieren (expediente 0057/89 del Consejo de Guerra Especial Estable 1/1-) que en realidad los hechos sucedieron de la siguiente manera: fuerzas policiales reconocen como sospechoso, en la ochava sureste de la esquina formada por las calles Quintino Bocayuva y Don Bosco, Capital Federal, a quien luego resultó ser Mario LERNER, impartiéndosele la voz de alto. En lugar de acatarla se resiste con un arma, produciéndose un intercambio de disparos, como consecuencia del cual resultó abatido a las 23,30 hs. del 17 de marzo de 1977. Su cadáver es remitido a la morgue a fin de identificarlo y proceder a la autopsia, resultando que el nombrado falleció a consecuencia de heridas de bala. Seguidamente le es entregado al padre el que debe firmar un documento declarando cuándo y dónde lo inhumaría, con lo que se desvirtúa lo afirmado en cuanto a que se le había exigido no lo sacara del país. De la confrontación de la denuncia y las actuaciones labradas a consecuencia del hecho se desprende la absoluta falsedad de aquélla en cuanto sostiene que la muerte ocurrió en el domicilio; que el cadáver fue arrojado al primer piso y también los destrozos a que se alude. Este es uno de los casos que la CIDH investigó durante la observación in loco, y en el cual a su juicio la respuesta del Gobierno no desvirtúa las alegaciones presentadas por el denunciante, continuándose con la tramitación del caso y decidiendo la Comisión solicitar al Gobierno una copia del expediente 0057/89 del Consejo de Guerra Especial Estable 1/1-). Informe sobre la situación de los detenidos-desaparecidos judíos durante el genocidio perpetrado en Argentina (continuación) Elaborado por el Centro de Estudios Sociales de DAIA Capítulo 1 El tratamiento de los detenidos-desaparecidos judíos en los campos de concentración a) Acciones antisemitas en el momento del secuestro o detención En las denuncias presentadas por Gregorio Lerner ante diversos organismos de derechos humanos se sostiene que el 17 de marzo de 1977 fue asesinado Mario Lerner, hijo del denunciante, durante un "procedimiento de fuerzas conjuntas". La denuncia aclara que "entraron en el departamento, donde se quedaron una hora tomando whisky y entreteniéndose tirando los libros de la biblioteca al suelo, perforándolos con una cantidad de balas. Y casualmente todos estaban en idish. Buenos Aires, 19 de noviembre de 2003. AUTOS Y VISTOS: 149. Mario Lerner: Conforme surge del Legajo 334 que corre por cuerda al presente, acorde los dichos de su padre Gregorio Lerner, Mario Lerner fue secuestrado el 17 de marzo de 1977 de su domicilio de la calle Don Bosco 4125, oportunidad en la que le dispararon. Que al concurrir a la Comisaría 10a. le fue informado que su hijo había sido muerto en tanto su novia María del Carmen Reyes había escapado, no siéndole entregado el cadáver al referírsele que el mismo se hallaba a disposición del Primer Cuerpo de Ejército. Conforme lo obrado por la Comisaría 10a. de la Policía Federal, el 17 de marzo de 1977 se hicieron presentes en esa seccional fuerzas conjuntas en cumplimiento de directivas del Primer Cuerpo de Ejército a los efectos de detener al presunto montonero Mario Lerner, quien murió en un enfrentamiento al ser detenido (cfr. Legajo 334 referido). En la sentencia dictada en la causa 13/83 bajo el caso n° 181 se trató la situación del nombrado, dándose por acreditado que la víctima recibió tres impactos de bala producidas por el accionar de fuerzas subordinadas operacionalmente al Primer Cuerpo de Ejército o pertenecientes a éste. En su testimonio de fs. 1643 del Legajo 120, Marcelo Gustavo Daelli refirió que en el centro clandestino de detención Atlético el llamado turco Julián le mostró a personas que el dicente había conocido en 1975 cuando cursaba Filosofía y Letras, entre ellas a María del Carmen Reyes, respecto de quien Julián le refirió que después de ser torturada, colaboró dando el domicilio de su novio, Mario Lerner, a quien habían liquidado en el lugar. Refirió Daelli que la propia Reyes le narró que había sido obligada a conducir a sus captores al domicilio de su novio, Lerner, quien fuera allí abatido. Cierto es que por medio de las torturas infligidas a María del Carmen Reyes, hecho efectuado por el aquí imputado, se obtuvieron los datos que permitieron arribar al domicilio de Lerner y efectuar el procedimiento que culminara con su muerte. Sin embargo, los antecedentes emergentes del legajo 334 antes citado, no permiten enrostrar a Simón intervención en la acción en cuestión. En virtud de ello, por el momento considero prudente proceder conforme lo establecido por el art. 309 del código de forma en lo que a este ilícito se refiere. Zumerland

Fecha de Desaparición o Asesinato: 
Hace 38 años 49 semanas
Barrio: 
Almagro